Avanza la designación del nuevo Defensor del Pueblo
MDZ, 13 de noviembre de 2017
Esta semana el Senado elegirá, en primera instancia, a uno de los tres postulantes acordados entre el oficialismo y la mayoría de la oposición.
Los tres candidatos asistirán el martes a la comisión bicameral que preside la senadora por Cambiemos, Marta Varela, para exponer sus propuestas, mientras que el miércoles el Senado elegirá en sesión a uno de los postulantes para luego poner esa elección a consideración de la Cámara de Diputados.
La terna fue acordada por el frente oficialista Cambiemos, el partido Justicialista y el Frente 1País durante una reunión que mantuvo la semana pasada la comisión bicameral del Congreso, en la que se logró reducir la lista de candidatos que inicialmente era de 20.
El Frente para la Victoria objetó este acuerdo y propuso en minoría un dictamen con otros tres postulantes: Remo Carlotto, Liliana Negre de Alonso y María José Lubertino.
El cargo del Defensor del Pueblo está vacante desde abril de 2009, cuando Eduardo Mondino renunció al cargo al cabo de nueve años y medio de gestión.
La designación de un Defensor del Pueblo de la Nación había sido reclamada en varias ocasiones en fallos de la Corte Suprema de Justicia que advirtieron desde 2013 sobre las consecuencias de la vacancia de ese cargo, del mismo modo que en diversas oportunidades lo hicieron organizaciones sociales y de derechos humanos.
Incluso la Organización de las Naciones Unidas (ONU) pidió a Argentina que regularice la situación sobre ese puesto vacante y le dio plazo hasta el 26 de noviembre.
No obstante, en una nota presentada ante ambas cámaras del Congreso de la Nación, un conjunto de organizaciones de la sociedad civil pidieron a los legisladores que se abstengan de designar candidatos «sin antes abrir un procedimiento amplio, transparente y participativo de consulta».
La nota, bajo el título «Sin participación ciudadana, el Defensor no será para el Pueblo», llevó la firma de la Asociación Civil por la Igualdad y la usticia (ACIJ), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el CELS, Directorio Legislativo, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Fundación Ciudad, la Fundación para el Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), Fundación Huésped y Poder Ciudadano.
Sin embargo, el artículo 2 de la ley 24.284 que establece el procedimiento para elegir al Defensor del Pueblo no menciona la necesidad de hacer audiencias públicas ni ningún otro tipo de mecanismo abierto.
El Defensor del Pueblo es una institución autónoma dedicada a la defensa y protección de los derechos, garantías e intereses tutelados en la Constitución Nacional ante actos u omisiones de la administración gubernamental.
Fuente: Télam