Análisis General del Plan Maestro Comuna 8

 

Por la Diputada MaríaJosé Lubertino

Nota: indicamos en color rojo nuestras opiniones respecto del texto original

CONSIDERACIONES GENERALES:

La presentación del Plan Maestro dela Comuna8 es una oportunidad que se plantea para generar políticas para la zona mas postergada dela Ciudad, Lugano-Soldatti, que permitan junto con  acciones inmediatas, contar con un plan a mediano largo plazo, que reconstruya el tejido productivo, a partir del desarrollo de ventajas competitivas, del fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas y del fortalecimiento de las cadenas de valor de nuestra economía, revirtiendo así la desintegración social actual.

La planificación de un programa de desarrollo para los próximos períodos requiere una adecuada articulación entre objetivos, instrumentos y viabilidad. Enla Ciudad, a pesar del cambio de escenario macroeconómico –con crecimiento económico consolidado a partir de 2003- se han acentuado las desigualdades y las necesidades se han multiplicado. Se generó una creciente fragmentación territorial, especialmente en el Sur, dado que los flujos de inversión se destinaron crecientemente hacia las zonas Centro y Norte de la ciudad, acentuando la ya de por sí elevada fragmentación territorial existente en la ciudad, en la cual el Sur aparece como el área más postergada.

El análisis del Plan Maestro conduce a adoptar una mirada pública y del desarrollo local a privilegiar. Naturalmente ello no es neutro sino que se apoya en el correspondiente marco o posicionamiento teórico urbanístico. Téngase presente que este Plan puede tener diversos contenidos en función de diversas condiciones, demandas y formulaciones técnico- políticas.

Esta orientado desde la perspectiva de la “acción territorial”. Esto implica un procedimiento dinámico en todas las etapas, desde el diagnóstico hasta la implementación de los proyectos. Esta orientado por un concepto de territorio que implica construcción de sentido y significado plasmado en un proyecto territorial. Se trata fundamentalmente de crear una dinámica territorial y un campo cognitivo común para la acción territorial.

Para analizar esta ecuación debemos previamente analizar que entendemos por un Plan Estratégico de Ordenamiento y Desarrollo Territorial.

Partimos que un Plan Estratégico es un proyecto integral del territorio local, entendido como la suma de muy diferentes realidades (infraestructuras, patrimonio, equipamientos, entorno social, empresas) donde la determinación del tipo de políticas publico-privadas es de máxima importancia debido a su relación con el desarrollo sostenible de la comunidad.

A los efectos el Plan de Ordenamiento Territorial es el conjunto de acciones transversales del Estado que tienen por finalidad mantener y mejorar la calidad de vida de la población, la integración social en el territorio y el uso y aprovechamiento ambientalmente sustentable y democrático de los recursos naturales y culturales. En primer término, es importante definir que entendemos a un Plan Estratégico Participativo de Desarrollo Sustentable, como un instrumento –herramienta- para optimizar la gestión institucional en función de unos objetivos concertados de desarrollo.

 

El plan deberá fijar las zonas de interés urbanístico y ambiental y los correspondientes planes especiales, delimitar los instrumentos fundiarios, fiscales y urbanísticos para promover el desarrollo y generar políticas publico-privadas:

 

Con respecto a lo que un plan debería enfocar respecto a lo planteado desde una visión de  Planificación Participativa donde los procesos son continuos en el tiempo, cíclicos y convergentes, a saber:

Son continuados en el tiempo en tanto que necesitan permanente ser revisados, actualizados y ajustados a las situaciones cambiantes que se produzcan en el futuro.

Son cíclicos en tanto que una segunda etapa no parte desde la nada, sino del esfuerzo del ciclo anterior.

 Son convergentes ya que, se involucran en ella, en forma sucesiva, nuevos y diversos segmentos de la sociedad. Por otra parte, a medida que se amplía la participación, la definición de las orientaciones estratégicas se perfila con mayor detalle y activando en cooperación a todos los involucrados, y por lo tanto se traducen en acciones más viables

Estos ACTORES se convirtieron en AUTORES, que con su aporte hicieron posible que este Plan tenga una visión Estratégica; que busca generar el Desarrollo Territorial de la Comuna, priorizando un carácter normativo inclusivo de todos los componentes del sistema con pleno respeto del Ambiente natural, cultural y socio-económico local; que además es Integral y General, ya que considera las interrelaciones entre las distintas dimensiones que conforman ese Ambiente; en un Tiempo y Espacio Geográfico que tiene en cuenta lo pasado, el futuro y el dónde, siendo estos posibilitantes o limitantes del proceso de desarrollo; y que sea autosostenible. Es decir, que sea Sustentable.

 

El Plan Estratégico de Desarrollo es el resultado de un proceso de planificación participativa, de consulta y búsqueda de consenso con todos los miembros de la comunidad vinculados directa o indirectamente, a fin de que el camino de transformaciones esté sustentado, fundamentalmente en la participación comunitaria y el desarrollo local.

 

Con respecto a la participación en la formulación del Plan Maestro, no se ha realizado ninguno de los conceptos vertidos anteriormente. Volvemos al viejo concepto de Planificación territorial que se centraba en la identificación de problemas, desconociendo los aspectos positivos de una organización, sector o comunidad.

 

Mas aun dado quela Comuna8 se halla inmersa dentro del ÁREA DE DESARROLLO PRIORITARIO N°1 – ADP AREA SUR, según lo establecido por el parágrafo 8.3.1.1 del CPU,  el cual norma la articulación de desarrollos públicos y/o privados con el fin de alcanzar la superación de la situación actual.

El C.P.U. menciona: 8.3 ÁREAS DE DESARROLLO PRIORITARIO – ADP

“Se llaman áreas de desarrollo prioritario a aquellos polígonos delimitados dentro del territorio de la Ciudad a los efectos de lograr los objetivos del Art. 8.1.2 a través de la realización de desarrollos públicos y/o privados superadores de la situación actual. La zonificación preexistente a la delimitación de un área de desarrollo prioritario mantiene plena vigencia en todo lo que no haya sido objeto de un convenio urbanístico.

Los polígonos que determinan las áreas de desarrollo prioritario serán propuestos por el P.E. en consonancia con los lineamientos del Plan Urbano Ambiental y aprobados por la Legislatura.”

ANALISIS PARTICULARIZADO:

 

Con respecto a la Generación de Distritos 

Se plantea: “Proponer el desarrollo de economías de aglomeración especializadas orientadas a impulsar el empleo local, apoyarse en actividades existentes o deseables, contribuir a la integración social y territorial. Se propone el impulso de este tipo de economías a partir de la definición del Distrito del Deporte y del Distrito Bio, que basarán su localización y edificación de acuerdo a los criterios de generación de tejido urbano y de crecimiento morfológico.”

La política urbana de la ciudad parece restringida de manera exclusiva al consabido lema de “atraer inversiones”. Generalmente sin una debida evaluación de los recursos directos e indirectos que deja de percibir el fisco. El GCBA ha elegido, sin discriminación alguna, distintas zonas de la ciudad (Distrito Tecnológico – Parque Patricios y Distrito Audiovisual – Palermo) y ahora con los Distritos del Deporte y el Biotecnológico en las que se otorgan exenciones impositivas (en este caso de Ingresos Brutos) y crediticias para las empresas que se instalen dentro de sus polígonos. Este mecanismo, que parte de un planteo exclusivamente productivo, no tiene en cuenta la fisonomía del barrio, o la significancia histórica de la zona, opera a espaldas de sus habitantes de manera autoritaria, como si la ciudad fuera un mapa abstracto. La radicación de actividades productivas sin generación de equipamiento con inversión pública, complementándose con desarrollo de vivienda pública e incentivación a la privada, acentuará la desigualdad Norte-Sur: un Norte con viviendas y equipamiento y un Sur “productivo” sin viviendas y sin equipamiento.

Con respecto al Transporte y Movilidad:

El proyecto del Gobierno que destina al “Centro de Transferencia de Cargas Sur” como actividad principal el distrito de zonificación E4-9 del Código de Planeamiento Urbano, con una concesión del Parque Roca para la construcción de un playon de carga y descarga ala Federación Argentinade Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas. El proyecto impulsado bajo el régimen de iniciativa privada porla Empresa CTCAdministradora S.A. le otorga una concesión de 30 años sin contraprestación alguna ni canon. Por otro lado, si bien reafirma la idea de la necesidad quela Ciudadnecesita de estos Centros, no debe ser a costa de sacrificar espacios verdes, (37 ha.) que aunque deteriorados, son de efectiva utilización por sectores de menores recursos y donde se implementaba el Programa de Zooterapia que atendía a chicos con discapacidad, cuando todavía existen terrenos ociosos o vacantes en el Sur adecuados para este fin

No hay ningún desarrollo de una política de mejoramiento del transito pesado. Tampoco esta planteado como mejorar las condiciones de accesibilidad del área, (apertura de calles, puente peatonal, y la prolongación del Premetro hasta la entrada del Autódromo.

 

 

CON RESPECTO A LAS POLITICAS SOCIALES:

 

Hábitat y vivienda:

Se plantea: “Encomiéndese a las áreas correspondientes a la elaboración de programas de urbanización de villas en base a criterios de inclusión social, fundados en un financiamiento sustentable, y orientados por condiciones morfológicas, dotación de espacios públicos, infraestructura e integración territorial.”

Como se implementara este programa? Que es un financiamiento sustentable? El estado no actúa si el financiamiento no es sustentable?

 

Se plantea: “El desarrollo y urbanización de las villas de la Comuna 8 y la puesta en valor de sus complejos habitacionales, identificados en el Anexo VII de la presente, se realiza con los fondos producidos por los actos de administración y enajenación de los inmuebles que se transfieran en fideicomiso a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. de conformidad con el artículo 16.”

Se plantea: “El desarrollo y urbanización de las villas de la Comuna 8 y la puesta en valor de sus complejos habitacionales, identificados en el Anexo VII de la presente, se realiza con los fondos producidos por los actos de administración y enajenación de los inmuebles que se transfieran en fideicomiso a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. de conformidad con el artículo 32°, la cual deberá cumplimentar con la normativa vigente referida a esta temática.”

Aquí aparece nuevamente la ausencia del estado. Solo se podrían urbanizar las villas, poner en valor los espacios públicos, construir viviendas y desarrollar infraestructura de servicios si se genera el fideicomiso con fondos suficientes a partir de la venta de los inmuebles.

 

Educación:

Se plantea: “En este marco, el Poder Ejecutivo establecerá los mecanismos para brindar respuesta educativa frente al crecimiento que paulatinamente experimente la Comuna”.

Se plantea: ”El Poder Ejecutivo evaluará la localización de establecimientos educativos en base a criterios de proximidad y características demográficas de la población actual con el objeto de eliminar los obstáculos urbanísticos al acceso al sistema educativo.”

Se plantea: ”Con criterios similares, las áreas correspondientes evaluarán las necesidades de localización de nuevos establecimientos educativos de acuerdo al desarrollo futuro de la Comuna que impulsa la presente Ley”.

Si hay algo que esta claro es que a Lugano y Soldati le falta equipamiento educativo. No hay que hacer ningún estudio. La oferta actual no alcanza a cubrir las necesidades desde los asentamientos precarios y Villas (Villa 20, Los Piletones, Barrio Carrillo), los grandes conjuntos urbanos de viviendas con diversos grados de consolidación en unos casos (Lugano I y II, Samoré, Copello, Nágera, etc.) y de marginación en otros casos (Conjunto Soldati).

 

Salud:

Se plantea: “El Poder Ejecutivo evaluará la localización de establecimientos de salud en base a criterios de proximidad y características demográficas de la población actual con el objeto de eliminar los obstáculos urbanísticos al acceso al sistema sanitario.”

Hay una sola respuesta: porque no se termina el Hospital de Lugano que prometió Macri en la campaña de 2007 y hoy es solo una salita de atención primaria?

 

Espacio Público:

Se plantea: “El Poder Ejecutivo elaborará un plan integral para el Parque Indoamericano, tendiente a definir usos y actividades en su interior, el aprovechamiento de la escala del espacio verde, criterios de accesibilidad colectiva, diversidad de accesos y usos, calles internas que permitan la conexión entre extremos, permeabilidad del suelo, regulación hídrica y dotación de infraestructura de servicios públicos interna. Dicho plan deberá preveer e incentivar la interrelación del desarrollo del Parque con iniciativas ligadas al fomento del deporte y del desarrollo social en general, la diversificación del financiamiento, y la relación con las actividades sociales y culturales de la Comuna

Se plantea: “Se necesitan 3 nuevos espacios Verdes Públicos”.

Lo que se necesita es un verdadero plan de manejo del Parque Indoamericano, con la generación de áreas para espacios culturales, sociales, deportivos y recreativos.

Que se entiende por la diversificación del financiamiento en el espacio público.

Se plantea:”El Poder Ejecutivo definirá la localización de al menos 3 nuevos espacios verdes públicos localizados territorialmente con criterios de proximidad y accesibilidad. Dicha localización responderá a la definición de áreas deficitarias actuales y al desarrollo que esta Ley plantea para el futuro de la Comuna, incorporándose como zonas a considerar especialmente los entornos y el interior de las villas tendientes a urbanización.”

De que análisis surge que se necesitan 3 nuevos espacios Verdes Públicos si los existentes están totalmente degradados. Esta claro que la Comuna tiene grandes espacios verdes sin consolidar y con poca densidad de uso, que se deben poner en valor y potenciar:

–  Recuperación del Golf (Parque de las Victorias) como uso público, rebalanceando la oferta de espacios recreativos, culturales y deportivos que actualmente está polarizada sobre la ribera norte de la Ciudad.

–  Dar soluciones a la demanda equilibrada de espacio público y equipamiento faltante requerida por la población vecina del Barrio Gral Savio y del sector adyacente de Lugano / Soldati

–  Reestructuración área clubes, con una redefinición de las áreas verdes y recreativas y de áreas industriales con modificación del Distrito U17.

 

Usos en predios públicos:

Se plantea: “Los predios destinados a Equipamientos Especiales como el Parque de la Ciudad, el Parque Roca y el Autódromo, podrán destinarse a desarrollar actividades denominadas genéricamente, de espectáculos, turismo, recreación, paseos comerciales y deportes. Se podrán organizar eventos, es decir, sucesos importantes y programados, de índole social, académica, artística o deportiva y exposiciones como la presentación pública de artículos de industria o de artes y ciencias, para estimular la producción, el comercio o la cultura.


En realidad la idea es que se concesiones estos predios así no hay ningún tipo de inversión publica. Como se puede plantear el destino y usos de esos predios si hoy están totalmente degradados. Se deberá implementarse un plan de recuperación de estos espacios en base a:

–  Recuperación del Autódromo y de su lago, recuperando para uso público 106 ha., a partir de la modificación, rediseño y reasignación de usos, integrando las nuevas actividades complementarias como polo de atracción de la zona sur de la ciudad. Creación del Museo del Automovilismo.

– Revitalización Parque de la Ciudad como Centro de Entretenimiento, con incorporación de un Centro de Exposiciones y Hotel deportivo.

– Recuperación del Parque Roca con un Estadio Cubierto Polifuncional Deportivo-Cultural.

 

El Instituto Ciencias de la Vida:

Se plantea: “Facúltase al Poder Ejecutivo a constituir una entidad con personería jurídica y patrimonio propios, sin fines de lucro, que se denominará Instituto Ciencias de la Vida, y cuya finalidad principal consistirá en la promoción de la investigación aplicada y desarrollo en el área de ciencias de la vida, conforme dicho término se define en el artículo 45° de la presente ley.”

Porque se plantea este Instituto, ya que al crearse el Polo Farmacéutico, no solo se fomentaba la incorporación de las empresas del sector, sino que se incorporó un área publica para desarrollar actividades productivas, de investigación e innovación tecnológica. Para eso se creaba un área de vinculación tecnológica entre el Polo y la Facultad de Farmacia de la UBA, el Conicet y del Centro de Investigaciones de la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad. En que quedo eso? Por que solo se esta implementando la radicación de empresas y no el Área Publica?

Para los que se olvidaron el Polo Farmacéutico es según lo define el C.P.U: “Emprendimiento publico/privado que congrega actividades productivas, de investigación y desarrollo de la industria farmacéutica nacional, tomando como criterio la asociatividad entre las empresas, en busca de una mayor eficiencia productiva dentro de un proceso de especialización, como también la asociación con el sector científico. En el marco de garantizar la preservación del medio ambiente, se persigue la excelencia con el aseguramiento de la calidad, respondiendo a los estándares de calidad internacionales.”

Distrito del Deporte y al Distrito Biotecnológico y los incentivos fiscales:

 

Se plantea: “El Poder Ejecutivo destinará para el primer año un cupo de ciento cincuenta y cinco millones de pesos ($ 155.000.000.-) en concepto de incentivos fiscales para ser aplicado al cumplimiento de la finalidad de la presente Ley. A partir del segundo año, este monto se ajustará de acuerdo a los indicadores que se utilizan para el cálculo de recursos de cada ejercicio fiscal.”

Nuevamente los incentivos fiscales con el solo objetivo de “atraer inversiones”. Generalmente sin una debida evaluación de los recursos directos e indirectos que deja de percibir el fisco.

De que estudio surge el cupo de los 155 millones

Se plantea: “Las personas físicas o jurídicas que pretendan obtener los beneficios establecidos deberán presentar el proyecto de inversión a la Autoridad de Aplicación para que esta defina el cupo máximo de incentivo fiscal anual, el cual será revisado anualmente a fin de adecuar el mismo si correspondiera.”

De que estudio económico-financiero se define el cupo máximo de incentivo anual.

 

Incentivos para la Inversión en Infraestructura:

 

Se plantea: “Las personas físicas o jurídicas que realicen inversiones en infraestructura residencial, comercial, industrial o de servicios en la Comuna 8, podrán computar el veinticinco por ciento (25%) del monto invertido como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por las actividades que desarrollen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La inversión en Infraestructura debe ser publica. Los beneficios fiscales deben complementarse para beneficiar a la inversión privada en determinadas áreas que el estado quiere promover. Por otro lado no hay una explicitación de las necesidades de inversión en infraestructura residencial, comercial, industrial o de servicios.

 

Concesiones:

 

Se plantea: ”El presente Capítulo tiene por finalidad establecer un programa de proyectos  de puesta en valor, construcción, operación y mantenimiento de la infraestructura necesaria para el desarrollo de las actividades indicadas en el artículo 10 de la presente, respecto de los predios destinados a Equipamientos Especiales de la Comuna 8.”

No esta claro si la puesta en valor es con inversión publica o a través de concesiones.

Se plantea: “Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar los llamados a licitación correspondientes a efectos de concesionar la construcción y/o operación y/o mantenimiento y/o explotación de:

a) Un clúster de la industria automotriz, incluyendo infraestructura y servicios para concesionarias de automóviles y para la industria automotriz en general.

b) Paseos y centros gastronómicos.

c) Anfiteatros, museos, galerías e infraestructura cultural.

d) Estadios multipropósito y centros de convenciones y exposiciones.

e) Hoteles, centros recreativos e infraestructura de turismo.

f) Paseos y centros comerciales con temática orientada al deporte.

Se plantea: “Las concesiones referidas en el artículo anterior en ningún caso podrán otorgarse por un plazo superior a 30 (treinta) años.

Como es posible autorizar concesiones en rubros tan amplios y diferentes sin analizar una ecuación económica-financiera, ni establecer contraprestaciones o canon respectivos. Ni que hablar de los plazos que pueden llegar a 30 años considerados mas que excedidos.

 

Conclusiones:

 

Frente al desequilibrio Norte-Sur, la Ciudadse debe una estrategia integral que le permita promover el desarrollo integral de sus habitantes y su inclusión productiva en forma sustentable. Se trata en esencia, de articular adecuadamente los flujos de inversión privados, generando un adecuado esquema de incentivos y penalidades explicitados en función de los objetivos estratégicos. En otras palabras, en este escenario el rumbo de la economía no lo establecen las decisiones que adopta el mercado, sino aquellas que el Estado define concentrando y articulando con los diversos sectores económicos y sociales.

La revitalización del área Sur debe enmarcarse en la iniciativa pública de desarrollo económico – territorial de la ciudad definiendo un marco de actuación y generando las condiciones para que el Sur también sea atractivo para la inversión privada en todos los órdenes. Se trata de optimizar su localización al servicio de una estrategia de crecimiento y desarrollo de la ciudad y de minimizar los impactos que la estricta racionalidad económica genera sobre la estructura, el tejido, el paisaje, el medioambiente urbano y los habitantes del área.

El Plan Maestro presentado sin participación ciudadana, no prevé inversión pública genuina. Incorpora la inversión privada en un fondo fiduciario con la venta o concesión de terrenos en actuales predios U.P. (que pierden 77.4 ha.) y en los Distritos del Deporte y el Bio, solo existen incentivos fiscales sin ninguna inversión pública.

También, se debe considerar que cualquier estrategia dirigida a la transformación productiva de la ciudad debe incorporar, no solamente intervenciones de impacto macroeconómicos, ya sea de sectores concentrados o de la mediana empresa, sino que para posibilitar un desarrollo auténticamente sustentable a corto plazo, deberá integrar intervenciones de microeconomía que posibiliten un importante impacto de inclusión.

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