Construcciones Sustentables, para que la Ciudad Verde deje de ser sólo un slogan publicitario

La Ciudad Verde debe dejar de ser un slogan publicitario


El Proyecto que hemos presentado en 2010 sobre Normas sobre Normas de Eficiencia Energética en las construcciones de los edificios se basa en la necesidad de lograr una reducción del consumo energético en la etapa actual que atraviesa la sociedad humana a escala global, tanto por la comprobable realidad del agotamiento en términos económicos de las fuentes de energía no renovables, en especial el petróleo y el gas, pilares fundamentales de la sociedad de consumo moderna, como por el efecto de calentamiento planetario que provoca el empleo creciente de las mismas y cuyas innegables consecuencias se perciben a escala planetaria, sin respetar fronteras ni grados de desarrollo.

En este sentido es posible lograr un ahorro importante de energía aislando adecuadamente las viviendas, oficinas y demás edificios públicos y privados que necesitan calefacción y refrigeración para mantenerse confortables.

Si bien no se dispone de cifras estadísticas de la incidencia del consumo energético de los edificios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una idea de magnitudes la pueden proporcionar el dato que mundialmente el uso de energías en actividades humanas relacionada con las viviendas y demás edificios habitables (incluyendo el uso de artefactos eléctricos e iluminación) constituyen el 34% del consumo total de energía. Asimismo el consumo de energía de los edificios contribuye entre un 25 y un 30% de las  emisiones de CO2 (gas de efecto invernadero), lo que equivale a un 10 a 12% de contribución al cambio climático debido al calentamiento planetario.

Sin duda el diseño tiene una gravitación clave en el consumo energético de los edificios, en particular los aspectos referidos a sus cerramientos exteriores (muros, techos y aberturas) en lo que hace a los materiales y espesores de los mismos utilizados.

El concepto de eficiencia energética en los edificios fue introducido y definido como la relación entre la cantidad de energía que consumen, y los resultados finales obtenidos. Ya en el año 2001 la Unión Europea publicó la Directiva 2002/91/CE, relativa a la eficiencia energética de los edificios, dirigida a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en virtud de la aceptación del Protocolo de Kyoto del año 1997.

Dentro del concepto de Construcción Sustentable – entendido como tal, aquella que sea capaz de mantenerse funcionando en el futuro sin peligro de desaparecer por agotamiento de los recursos que emplean, sin contaminar el medio ambiente y garantizando una mejor calidad de vida a la comunidad – el consumo de energía adquiere relevancia preponderante en las construcciones urbanas de edificios en altura, cual es el caso de la gran mayoría de los edificios en construcción y proyectados de la Ciudad.

La necesidad de que la Ciudad se provea de una normativa para la reducción del consumo energético de los edificios que se construyan en la misma es entonces evidente.

Otras jurisdicciones ya han legislado al respecto y tienen hoy una normativa vigente sobre construcciones sustentables: la Ley N°13059 del año 2003 de la Provincia de Buenos Aires establece las condiciones de acondicionamiento térmico exigibles para la construcción de edificios en todo el territorio provincial, e incorpora como obligatorias las Normas IRAM referidas al acondicionamiento térmico de edificios y ventanas, para todas las construcciones públicas y privadas destinadas al uso humano.

Nuestro proyecto no obstante se ha inspirado en otro importante antecedente como la Ordenanza 8757/11 de la Ciudad de Rosario, sancionada el 28 de abril de 2011, que modifica el Reglamento de Edificación de la mencionada ciudad, y cuyo proyecto fue aprobado en dictamen de la Comisión de Planeamiento y Urbanismo de su Concejo Municipal.

Hemos decidido que la vía más idónea para lograr una legislación en este sentido era proponer la modificación de una serie de artículos del Código de Edificación, así como el agregado de párrafos nuevos en otros capítulos del mismo, a fin de que las nuevas construcciones de más de 1.500 m2 estén obligadas a aplicar las normas IRAM de  acondicionamiento térmico para construcciones.

Este proyecto fue sometido a la modalidad de doble lectura, esto es, un primer debate en comisión y posteriormente la realización de una audiencia pública en la que representantes de la sociedad civil pueden realizar sus aportes, sugerencias y críticas con miras a arribar a un tratamiento en segunda lectura enriquecido con todos estos aportes.          

Las Comisiones de Ambiente y de Planeamiento Urbano han emitido ya sus dictámenes favorables, por lo que este proyecto es el fruto de un consenso genuino entre las diversas fuerzas políticas y la sociedad civil para dar solución a un problema que la Ciudad de Buenos Aires debía necesariamente enfrentar con miras a convertirse en una ciudad cada vez más sostenible.      

 

Ver Proyecto de Ley

http://www.lubertino.org.ar/proyectos/item/416-normas-de-eficiencia-energetica-para-la-construccion-de-edificios

Ver Despacho de Aprobación

http://www.lubertino.org.ar/proyectos/item/503-normas-de-eficiencia-energetica-para-la-construccion-de-edificios

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